El régimen de autónomos es la forma más sencilla de comenzar una actividad económica, pero conlleva una serie de hitos fiscales ineludibles. En 2026, la digitalización es total.
1. Alta en Hacienda y Seguridad Social
Para operar legalmente, debes presentar el Modelo 037 (simplificado) en la Agencia Tributaria. Aquí elegirás tu epígrafe del IAE (Impuesto de Actividades Económicas). Simultáneamente, debes tramitar tu alta en el RETA.
2. Liquidación de IVA (Modelo 303)
Trimestralmente, actúas como recaudador para el Estado. Debes declarar el IVA repercutido (el que cobras a tus clientes) y restar el IVA soportado (el de tus gastos necesarios). Si el resultado es positivo, se ingresa en Hacienda; si es negativo, se compensa o se solicita la devolución a final de año. Consulta más en nuestra guía sobre el IVA.
3. Pagos fraccionados de IRPF (Modelo 130)
Generalmente, los autónomos en estimación directa adelantan un 20% de su beneficio trimestral a cuenta de su declaración anual de la renta. Es una forma de "ahorro forzoso" para evitar sustos en la Campaña de la Renta de junio.
4. Factura Electrónica (Ley Crea y Crece)
Desde 2026, todas las facturas entre autónomos y empresas deben ser electrónicas. Ya no basta con un PDF enviado por email; deben cumplir con los estándares técnicos de la administración para asegurar la trazabilidad y combatir la morosidad comercial.