Regulariza tu situación administrativa a través de las diversas modalidades de arraigo. Todo lo que necesitas saber sobre el Arraigo Social, Laboral, Familiar y para la Formación.
Ministerio de InclusiónSeguridad SocialAgencia TributariaRegistro Civil
¿Qué es la Residencia por Arraigo?
El arraigo es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se concede a ciudadanos extranjeros que se encuentran en España en situación irregular y cumplen con ciertos requisitos de permanencia y vínculos. En 2026, el marco legal sigue pivotando sobre la Ley Orgánica 4/2000 y el Reglamento de Extranjería, aunque con importantes flexibilizaciones introducidas en las últimas reformas para favorecer la integración laboral y formativa.
A diferencia de otros permisos, el arraigo no requiere una solicitud desde el país de origen. Es el mecanismo principal de regularización una vez que ya estás residiendo en territorio español. Comprender cuál de las cuatro modalidades principales se adapta a tu perfil es el primer paso crítico para el éxito del trámite.
Arraigo Social: Basado en la permanencia de 3 años y vínculos sociales o contrato.
Arraigo Laboral: Basado en la existencia previa de relaciones laborales irregulares o legales.
Arraigo Familiar: Concedido a progenitores o tutores de menores españoles o familiares de ciudadanos de la UE.
Arraigo Formativo: Basado en el compromiso de realizar estudios reglados en España.
94%
De éxito en solicitudes presentadas con asesoría legal correcta y documentación completa.
Modalidades de Arraigo Detalladas
Cada tipo de arraigo tiene requisitos temporales y documentales específicos. Analiza cuál es tu situación actual.
Arraigo Social
Es la vía más común. Requiere acreditar una permanencia continuada de 3 años, carecer de antecedentes penales y contar con un contrato de trabajo de al menos 30 horas semanales (o demostrar medios económicos).
3 añosInforme de IntegraciónContrato Laboral
Arraigo Familiar
No requiere tiempo mínimo de permanencia. Ideal para padres de menores españoles, hijos de padre/madre originalmente españoles o cuidadores de personas con discapacidad.
Requiere acreditar 2 años en España y haber trabajado al menos 6 meses de forma legal (o demostrar relación laboral irregular judicialmente). Importante haber estado en situación de estancia o residencia previamente.
Introduce una permanencia mínima de 2 años. Debes comprometerte a realizar una formación reglada para el empleo, obtención de certificado de profesionalidad o título universitario.
"Una vez finalizados los estudios y con un contrato de trabajo, se puede transformar en un permiso de residencia y trabajo de 2 años."
Inmersión Profunda: El Arraigo Social
1
Permanencia: Los 3 Años Críticos
La ley exige demostrar que has vivido en España durante los últimos 3 años sin ausencias superiores a 120 días en total. La prueba reina es el empadronamiento histórico. Sin embargo, no es la única. Puedes presentar recibos de alquiler, consultas médicas, envíos de dinero o abonos de transporte.
2
El Informe de Inserción Social
Debes solicitar a tu ayuntamiento o comunidad autónoma un informe que acredite tu integración. Se valorará tu conocimiento de las lenguas oficiales y tu participación en programas de inserción. Excepción: Si tienes vínculos familiares directos con otros extranjeros residentes o con españoles, este informe no es obligatorio.
3
El Contrato de Trabajo
Tras la última reforma, el contrato debe garantizar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Se permiten contratos de menos de 30 horas si tienes menores a cargo. El empleador debe estar al corriente de sus obligaciones en la Seguridad Social y Hacienda.
Simulador de Elegibilidad de Arraigo
Responde estas breves preguntas para saber qué trámite te corresponde en 2026.
¿Cuánto tiempo llevas residiendo en España de forma continuada?
Salir de España más de 120 días en los 3 años requeridos para el arraigo social invalida la continuidad.
Penales caducados
Los certificados de antecedentes penales suelen tener una validez de 3 a 6 meses. Deben estar vigentes al momento de la presentación.
Contrato no apto
Empresas con deudas en la Seguridad Social o Hacienda provocarán la denegación automática.
Consejos de Expertos para el Éxito
Duplica tus pruebas
No te fíes solo del padrón. Acompaña con facturas, envíos de dinero y cualquier documento oficial fechado en España.
Trámites Telemáticos
Presentar a través de un abogado o gestoría con convenio suele agilizar los plazos de respuesta en un 20-30%.
Actualización 2026
Verifica siempre las tasas oficiales actuales (Modelo 790 052) antes de pagar, ya que los importes varían anualmente.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Puedo trabajar con el Arraigo para la Formación?
Inicialmente no. El permiso es solo de residencia. Sin embargo, tras superar la formación y presentar un contrato de trabajo, puedes solicitar la modificación a una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.
¿Cuánto tarda Extranjería en responder a mi arraigo?
El plazo legal es de 3 meses. No obstante, dependiendo de la provincia (como Madrid o Barcelona), la respuesta puede demorarse entre 4 y 7 meses. El silencio administrativo se considera negativo.
¿Puedo solicitar arraigo si tengo antecedentes penales?
Es extremadamente difícil. Uno de los requisitos fundamentales es carecer de antecedentes penales tanto en España como en tu país de origen. Si los tienes, debes cancelarlos antes de iniciar la solicitud de arraigo.
¿Qué pasa si mi contrato es de menos de 30 horas?
En el Arraigo Social, se permiten contratos de 20 horas si acreditas tener a tu cargo menores o personas que requieran cuidados específicos, siempre que el salario sea proporcional al SMI.
¿Sirve el tiempo de estancia como estudiante para el arraigo?
Sí, para el arraigo social y para la formación, el tiempo de estancia por estudios computa como permanencia en España, a diferencia de lo que ocurre para la nacionalidad española donde el tiempo de estudiante computa al 50%.
¿Cómo demuestro el arraigo laboral si trabajé en "negro"?
Debes presentar una sentencia judicial firme que reconozca la relación laboral o una resolución administrativa de la Inspección de Trabajo que constate dicha relación.